26 abril, 2024

La valoración aduanera de las mercancias

Marco juridico:

Acuerdo relativo a la aplicación del art 7 del GATT (acuerdo sobre valoración de la OMC)

  • Reglamentos centroamericanos sobre valoración aduanera de las mercancias
  • Decisiones del comité de valoración en aduana de la OMC
  • Texto del comité técnico de la valoración en aduana de la OMA

Disposiciones regionales y administrativas

Art 7 del GATT

Dvb (1950)

Acuerdo relativo a la aplicación del art 7 del GATT (1979)

Principios o fundamentos del acuerdo de valoración

  • Es un sistema de valoración equitativo, uniforme y neutro
  • Se ajusta a las realidades comerciales
  • Excluye la utilización de valores arbitrarios y ficticios

 

Principios o fundamentos del acuerdo de valoración

  • Contiene 6 métodos de valoración bien definidos y la aplicación del siguiente es por exclusión del anterior
  • La valoración de las mercancias debe ser uniformes para fomentar el comercio internacional

Los procedimientos de valoración NO  deben utilizarse para combatir el dumping

Filosofía del acuerdo de valoración

Las disposiciones del acuerdo de valoración giran sobre el principio de “buena fe” por lo tanto:

  • El PRP o PP por las mercancias Importadas es el valor que debe declararse ante la aduana para el pago de los impuestos respectivos
  • La existencia de facturas falsas, alteradas o cualquier información incorrecta es un caso ajeno al PRP o PP por las mercancias importadas y por lo tanto no corresponde al principio de “buena fe”
  • El PRP o PP es el pago total que le efectúa  el comprador al vendedor por las mercancias importadas el que puede ser de forma directa o indirecta

Ámbito de aplicación del acuerdo de valoración

  • La importación de mercancias sujetas al pago de impuestos ad valorem
  • Percepción de derechos de aduana ad valorem por la importación de mercancias

Base imponible

  • Es el valor en aduana de las mercancias importadas
  • El valor en aduana se conforma atreves del PRP o PP mas (+) los ajustes que establece expresamente el acuerdo de valoración
  • Los ajustes son gasto en que incurre el importador o comprador además del PRP o PP por las mercancias importadas

Métodos de valoración

1.metodo del valor de transacción de las mercancias importadas ( art 1 y 8 )

2.metodo del valor de transacción de mercancias idénticas ( art 2 )

3.metodo del valor de transacción de mercancias similares (art 3)

4.metodo deductivo (art 5 )

5.metodo de valor reconstruido (art 6)

6.metodo del ultimo recurso ( art 7)

Primer método de valoración

Se parte del PRP o PP por las mercancias importadas siempre que NO  concurran las siguientes circunstancias:

A: NO restricciones por parte del vendedor para la libre sesión o utilización de las mercancias por parte del comprador , excepto las permitidas.

B: NO condiciones contra prestaciones impuestas por el vendedor para realizar la venta de las mercancias.

C:No reversión al vendedor del producto de la reventa de las mercancias por parte del comprador.

D:NO vinculación entre vendedor y comprador excepto cuando la vinculación no influye  en el precio pactado.

Segundo método de valoración

Se utiliza el valor de transacción de mercancias idénticas siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que las mercancias sean iguales en todo especialmente en características físicas, calidad y prestigio comercial
  • Mismo país de origen
  • Mismo nivel comercial de los importadores
  • Sustancialmente las mismas cantidades
  • De preferencia producidas ambas mercancias por el mismo fabricante

Que las mercancias similares se hayan exportado en el mismo momento o en un momento aproximado con respeto a las mercancías objeto de valoración

Cuarto método de valoración

  • Se parte del precio de venta de las mercancias objeto de valoración, de mercancias idénticas o de mercancias similares, vendidas en el país de importación
  • El precio de venta debe corresponder al precio unitario de la mayor cantidad de unidades vendidas

Que la venta se realice en el momento de la importación de la mercancias objeto de valoración o en un momento aproximado

 

Quinto método de valoración

Se parte del valor de:

  • Las materias primas y bienes intermedios
  • Costo de fabricación de las mercancias objeto de valoración
  • Gastos generales y beneficio o utilidad usuales
  • Gastos de transporte seguro y conexos hasta el puerto o lugar de importaciones

Sexto método de valoración

Se utiliza ante la imposibilidad determinar el valor en aduana de las mercancías con base en alguno de los métodos anteriores

  • Se regresa al primer método de valoración y se hace flexible algunas circunstancias por la que se descartó el PRP o PP
  • Al segundo método de valoración se le hace fácil algún requisito exigido por ejemplo:
  • Elemento tiempo
  • País de origen
  • Nivel comercial
  • Se puede hacer uso de dictámenes de peritos, técnicos o excepto
  • No es permitido utilizar procedimientos de valoración expresamente prohibidos por es este método

Facultades de la aduana

  • Comprobar la veracidad exactitud de la información documentación declaraciones presentadas por los importadores
  • Requerir información a los importadores cuando tengan razones para dudar de la exactitud del valor declarado por las mercancías Qué son objetos de importación

 

Obligaciones del importador

  • Declara a la aduana el PRP o PP por las mercancías importadas y los ajustes o gastos que establece el acuerdo de valoración
  • Indicar a la aduana si el precio de las mercancías se acordó atendiendo a

restricciones condiciones vinculación o reversión

Obtener archivar y poner a disposición de la aduana cuando se lo solicité toda la documentación que acredite y demuestre fehacientemente que él valor declarado es él qué corresponde PRP o PP por las mercancías importadas.

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