26 abril, 2024

TRABAJO PRACTICO PAGARE

ALUMNO: FIGUEROA MATIAS

MATERIA: CONTABILIDAD I, II

CURSO: 3° DE GASTRONOMÍA

 

 

CARRERA: TÉCNICO SUPERIOR EN SERVICIOS GASTRONÓMICOS

PROFESORA: BECERRA MABEL

EL PAGARE

El pagaré es una promesa escrita e incondicional de pagar una suma fija o determinable de dinero en un tiempo determinado. Este documento tiene que estar firmado por las personas que acuerdan efectuar el pago.

Este es un documento privado de crédito, que en su caso puede ser elevado a instrumento público mediante el reconocimiento de firmas y rúbricas antes o después de la transacción.

El pagaré se diferencia de la letra de cambio por:

  • Incluir la estipulación de intereses ordinarios y penales.
  • No pueden ser girado a la vista sino:
  • A días o meses fecha.
  • A fecha fija.

Los pagarés pueden ser de diferentes tipos:

  1. Simple o a sola firma. Este tipo de pagaré está firmado solamente por el deudor quien garantiza el cumplimiento de la obligación a la fecha de vencimiento.
  2. Con garantía personal. Este tipo de pagaré establece que cuando existe la garantía de otra persona quien en forma solidaria y mancomunada se compromete a satisfacer la obligación en la fecha de vencimiento en caso del incumplimiento por parte del deudor.
  3. Con garantía prendaria. Este tipo de pagaré garantiza la deuda con una prenda que puede ser vehículos, joyas, títulos de propiedad, etc.
  4. Con garantía hipotecaria. Este tipo de pagaré es utilizado en casos de que exista una garantía hipotecaria como un bien inmueble, en este caso el acreedor puede gestionar el remate del bien para recuperar el valor de crédito si no fue satisfecha la obligación en la fecha de vencimiento.
  5. Mixto. Este tipo de pagaré es utilizado cuando existe la combinación de las garantías mencionadas. Como por ejemplo: el crédito se otorgue con garantías personales y prendarias.

 

 

 

El pagare  es un documento comercial que permite el pago y cobro de las ventas a plazo que realizan las empresas y los autónomos y sirve para aumentar la seguridad en las transacciones. Un pagaré supone una promesa de pago irrevocable por parte del emisor. Es importante respetar las partes imprescindibles de todo efecto comercial y cumplimentar correctamente todo el documento. Por ello, a continuación te detallamos cuáles son las principales partes en que se descompone un pagaré:

  1. Denominación de Pagaré. Debe aparecer expresamente para dar carácter ejecutivo al documento.
  2. Fecha de vencimiento. Es el día a partir del cual puede procederse al cobro del pagaré.
  3. Razón Social a la que se debe realizar el pago. Es la persona física o jurídica que inicialmente deberá cobrar el pagaré.
  4. Importe. La cifra económica del efecto comercial se explicitará en dos lugares del documento, una vez escrito en letras y otro en números, de las cuales prevalece la letra.
  5. Lugar y fecha de emisión. Es necesario consignar el momento en que se ha emitido el pagaré, así como el lugar. Sólo es necesario consignar el municipio, ya que no es obligatorio recoger una dirección completa.
  6. CCC y Código IBAN de la cuenta del emisor. Es el número de cuenta en que se cargará la operación, por lo que deberá estar bien consignado para que el pago se realice sin problema
  7. Firma y antefirma del emisor del pagaré. Dará validez a la orden de pago.
  8. Identificador de la barra de truncabilidad. Este número permite tratar informáticamente el pagaré, previa inmovilización del original, para ser gestionado dentro de los sistemas de compensación bancaria. Esto facilita la correcta ejecución de la operación comercial por vía telemática sin necesidad de transportar físicamente el pagar.

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