26 abril, 2024

La clasificación aduanera de las mercaderías consiste en ordenarlas para una correcta individualización y clasificación con el fin de obtener los derechos y el régimen a la cual se somete. Para ello utilizamos el Nomenclador Común del MERCOSUR y el Sistema Informático Maria.

Para clasificar necesitamos saber: el producto, sus componentes, origen y fabricación, función, especie y presentación. Podemos utilizar las reglas generales interpretativas para realizar una correcta clasificación.

Estas reglas nos dicen que necesario leer las notas legales de cada sección y capitulo, para saber si el producto está incluido o no.

Una vez que se llega a la partida, debemos ver cual identifica más el producto y cuál es la subpartida correspondiente.

Por último se elige la subpartida regional, la posición arancelaria SIM y la letra de control que corresponda.

Si realizamos los pasos tal como mencionamos anteriormente, la clasificación de mermelada es la siguiente:

Sección IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS

Capítulo 20: Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas.

Partida: 2007 – CONFITURAS, JALEAS Y MERMELADAS, PURES Y PASTAS DE FRUTAS U OTROS FRUTOS, OBTENIDOS POR COCCION, INCLUSO CON ADICION DE AZÚCAR U OTRO EDULCORANTE.

2007.9 – – Los demás

2007.99 – – – Los demás

2007.99.10 – Jaleas y mermeladas

2007.99.10.1 – En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 1 kg (R.420/99 MEYOSP).

2007.99.10.120 – Mermeladas.

  Capítulo Partida Subpartida    
Sistema Armonizado 20 07 99
NCM 20 07 99 10
SIM 20 07 99 10 120D

 

Clasificar la mercadería nos permite en principio entendernos con los demás países, conocer los fines estadísticos, tributarios y comerciales y saber el origen de la mercadería.

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