19 abril, 2024

Los derechos aduaneros son  los aranceles que serán conbrados cuando se realiza una exportación o importación en la aduana. En Argentina está  identificado por el art 2 y 4 las zonas que se verán afectados por los aranceles y,2 y 4 los quw estarán excluidos. Citando lo siguiente:

Artículo 2.-
1 territorio aduanero es la parte del ámbito mencionado en el Artículo 1, en la que se aplica un mismo sistema arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exportaciones.
2 territorio aduanero general es aquel en el cual es aplicable el sistema general arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exportaciones.
3 territorio aduanero especial o área aduanera especial es aquel en el cual es aplicable un sistema especial arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exportaciones.
Artículo 3.- No constituye territorio aduanero, ni general ni especial:
a) El mar territorial argentino y los ríos internacionales;
b) Las áreas francas;
c) Los exclaves;
d) Los espacios aéreos correspondientes a los ámbitos a que se refieren los incisos precedentes;
e) El lecho y el subsuelo submarinos nacionales.
en éstos ámbitos se aplican los regímenes aduaneros que para cada caso se contemplan en este código.
Artículo 4.-
1. Enclave es el ámbito sometido a la soberanía de otro estado, en el cual, en virtud de un convenio internacional, se permite la aplicación de la legislación aduanera Nacional.
2. Exclave es el ámbito, sometido a la soberanía de la Nación Argentina, en el cual, en virtud de un convenio internacional, se permite la aplicación de la legislación aduanera de otro estado.

De esta manera sabremos que tanto en el territorio aduanero como los enclaves serán quienes estén sometidos a  el sistema arancelario argentino. Siempre que realicen una exportación o importación.

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