29 marzo, 2024

El Derecho Penal se encuentra limitado por la Constitución Nacional, entre los límites dispuestos se encuentra el Principio de Irretroactividad el cual establece que las leyes una vez vigentes no se pueden aplicar a hechos pasados, sino a hechos futuros.

Existe una excepción a este principio consagrado en el art.2 del Código Penal el cual permite la aplicación retroactiva de las leyes cuando estas sean más benignas o favorables al delincuente.

En las últimas semanas se generó una fuerte polémica en torno a un fallo que determina aplicable de manera retroactiva la Ley 24.390, más conocida como la ley del “2×1”, en un caso de delito de lesa humanidad por tratarse de una ley más benigna.

El hecho de que se tratara de un delito de lesa humanidad genero además un repudio social lo que llevo a que se realizaran marchas en diferentes puntos del país reclamando la inaplicabilidad del beneficio considerando que el fallo es inconstitucional y sumamente peligroso porque podría dejar en libertad a muchos otros exrepresores que hoy están en la cárcel.

Tanto el gobierno como la oposición, al igual que todos los grupos de derechos humanos y gran parte de la población -de distintos bandos políticos- se unieron en rechazar este dictamen de la Corte.

En tiempo récord y de manera prácticamente unánime, ambas cámaras legislativas nacionales aprobaron una nueva ley, la 27.362 publicada en el Boletín Oficial el pasado 12 de mayo, y establece la exclusión de la aplicación del «2×1» a condenados por delitos de lesa humanidad.

Luis Muiña formo parte de un grupo de choque parapolicial conocido como SWAT, comandado por el brigadier Reynaldo Bignone. En la madrugada del 28 de marzo de 1976 irrumpieron con tanques y helicópteros en el Hospital Posadas de Haedo y detuvieron a personal del mismo que luego fue trasladado al centro clandestino de detención “El Chalet”, donde fueron privados ilegalmente de la libertad y torturados.

Las víctimas de su accionar fueron Gladys Evarista Cuervo, Jacobo Chester, Jorge Mario Roitman, Jacqueline Romano y Marta Elena Graiff.

Por su responsabilidad Muiña fue detenido en 2007 y condenado en 2011 a 13 años de prisión por el Tribunal Oral Federal Nº 2 de la ciudad de Buenos Aires en el marco de la misma causa en la que también condenaron a Hipólito Rafael Mariani a 8 años y a Bignone, quien recibió su tercera condena, en este caso a 15 años de prisión.

El fallo quedó firme el 21 de agosto de 2013, cuanto la Corte declaró inadmisible un recurso extraordinario articulado por la defensa. Luego el Tribunal Oral hizo el cómputo de detención y de pena de Muiña determinando que su pena vencería el 11 de noviembre de 2016.

El cómputo fue recurrido en Casación por el Ministerio Público Fiscal y anulado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que ordenó realizar un nuevo cómputo. La defensa apeló y ahora la Corte Suprema le dio la razón, por lo que el detenido recuperará su libertad este año.

  • Ley 24.390 – “2×1”

La Corte Suprema con su fallo el pasado 3 de mayo, determina aplicable el beneficio del 2×1 lo que genero una polémica por tratarse de un caso de delito de lesa humanidad.

El 2×1 es un beneficio que nace del art. 7 de la ley 24.390 que estuvo vigente  entre 1994 y 2001 con el objetivo de reducir la población carcelaria, compuesta en gran parte por personas con prisión preventiva y sin condena firme.

El mismo indicaba que pasados los primeros dos años de prisión preventiva sin condena, se debían computar dobles los días de detención.

Es decir, que todos los años que un detenido pasaba preso sin condena firme a partir del tercer año de detención valían por dos cuando se le diera la sentencia final.

La decisión de la Corte fue por mayoría, con el respaldo de los ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, mientras que el presidente del tribunal Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda se pronunciaron en contra.

Nueva Ley

El Gobierno publicó el 12 de mayo en el Boletín Oficial el decreto de promulgación de la ley votada por el Congreso que excluye de la aplicación del «2×1» a condenados por delitos de lesa humanidad.

«En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley 27.362, sancionada por el Congreso de la Nación en el día 10 de mayo», señala el decreto 329/2017 firmado por el presidente Mauricio Macri.

Así, el Gobierno dio los pasos formales para intentar cerrar la polémica desatada tras el fallo de la Corte Suprema que benefició con el 2×1 al represor Luis Muiña, lo que generó una multitudinaria marcha a Plaza de Mayo.

Además de establecer la inaplicabilidad de la ley a dichos delitos, también determina que solo será aplicable a casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante la vigencia de la misma, es decir entre 1994 y 2001.

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