24 abril, 2024

 

La Ley 27.350 de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados que fue sancionada por el Congreso a fines de marzo, finalmente fue promulgada por el gobierno nacional a través del decreto 266/20017.

El objetivo principal de la Ley tiene por objeto «establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud».

La propuesta principal es fomentar la investigación a través de la creación de un Programa Nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de «la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales». Será el Ministerio de Salud quien se encargue de coordinar dicho programa.

Sin embargo, las diferentes organizaciones que impulsaron la ley, aseguran que esta contempla también la autorización para que tanto el Conicet y el INTA puedan cultivar cannabis para la investigación médica y/o científica, además de impulsar la producción a través de laboratorios públicos.

Además, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) «permitirá la importación de aceite de cannabis y sus derivados, cuando sea requerida por pacientes que presenten las patologías contempladas en el programa y cuenten con la indicación médica pertinente», provisión que será «gratuita» para quienes se encuentren incorporados a esa iniciativa.

 

 

s a esa iniciativa.

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