23 abril, 2024

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Ruido y vibraciones
El sonido se puede definir como cualquier variación de presión que el sistema auditivo humano pueda percibir, cuantificable a través de la intensidad (en decibeles) y la altura o frecuencia (en Hertz)). Desde el punto de vista subjetivo, el sonido puede ser molesto e indeseable, originando lo que se conoce como ruido. Este agente físico (ruido) está presente, en mayor o menor nivel, en toda actividad o proceso productivo.
La exposición prolongada a ruido puede producir pérdidas auditivas temporales y permanentes, en cualquiera de sus grados (es importante mencionar que la pérdida de la audición por ruido es completamente evitable, sin embargo, una vez que ésta se produce, es permanente e irreversible). En forma adicional, esta exposición puede acarrear otras consecuencias para la salud, como por ejemplo, efectos sobre el sistema nervioso central, el equilibrio, y otros efectos no auditivos, tales como dificultad en la comunicación, alteraciones del sueño, disminución de la capacidad de concentración, entre otros.
El ámbito de competencia de la Sección con respecto al agente físico ruido, en los ambientes laborales, está determinado por lo establecido en los artículos 70 al 82 del Decreto Supremo Nº594/99 del MINSAL, y por otro lado, por lo señalado en el Decreto Exento N°1029 “Protocolo Sobre Normas Mínimas para el Desarrollo de Programas de Vigilancia de la Pérdida Auditiva por Exposición a Ruido en los Lugares de Trabajo” (PREXOR), del MINSAL. En la primera de estas dos exigencias legales, se establecen los Límites Máximos Permisibles de exposición a ruido así como la Dosis de Ruido permitida, en función del tiempo de exposición de un trabajador a este agente durante su jornada laboral y en el segundo documento se señalan las directrices para la elaboración, aplicación y control, de los programas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos al agente ruido.
De esta manera, la Sección, a través de la generación de documentos de referencia como el “Instructivo para la Aplicación del Decreto Supremo Nº594/99, Título IV, Párrafo 3, Agentes Físicos – Ruido”, que establece la metodología para determinar la exposición a ruido de los trabajadores en los lugares de trabajo, de la “Guía Preventiva para los Trabajadores Expuestos a Ruido”, que señala las disposiciones mínimas para la implementación y mantención de un programa de vigilancia ambiental para aquellos trabajadores que, debido a la actividad que desempeñan, se encuentran expuestos ocupacionalmente a ruido, y de la “Guía de Selección y Control de Elementos de Protección Auditiva”, entre otros, establece la referencia técnica para verificar el cumplimiento de la reglamentación vigente en esta materia.
Otro agente presente en los lugares de trabajo son las vibraciones. La exposición prolongada de los trabajadores a vibraciones de vehículos, maquinarias o herramientas eléctricas manuales, podría representar un elevado riesgo de daño para su salud, provocando enfermedades de carácter vascular, osteomuscular y neurológico, como por ejemplo el fenómeno de Raynaud o de dedos blancos. En forma adicional, la exposición a vibraciones acarrea otros problemas para el trabajador, como por ejemplo disconfort, pérdida de precisión al ejecutar movimientos, pérdida de rendimiento debido a la fatiga, etc.
En el ámbito de la exposición a vibraciones de los trabajadores en los lugares de trabajo, la competencia de la Sección se enmarca dentro lo establecido en los artículos 83 al 94 del Decreto Supremo Nº594/99 del MINSAL, donde se indican los Límites máximos permisibles, tanto para vibraciones de Cuerpo Entero como del tipo Mano Brazo, de acuerdo al tiempo de exposición al agente y por cada uno de los ejes de medición ahí señalados.
A través de la generación de documentos de referencia como el “Protocolo para la Aplicación del Decreto Supremo Nº594/99, Título IV, Párrafo 3, Agentes Físicos – Vibraciones” y la “Guía para el Mantenimiento y Calibración de la Instrumentación Utilizada en la Evaluación de la Exposición a Vibraciones de los Trabajadores en sus Lugares de Trabajo”, se establece la referencia técnica para verificar el cumplimiento de la reglamentación vigente en materia de exposición ocupacional a vibraciones.
Propiedades del ruido
Alguna de las características del ruido son: la intensidad (o presión), la frecuencia y la duración. Todos estos factores reciben importancia en la evaluación de los efectos del ruido en oído humano. Cuando mas elevado es el ruido, mayor es la intensidad: a si mismo, los ruidos de alta frecuencia son mas nocivos al oído que los de baja frecuencia y cuando mas prolongada es la explosión al ruido mas pronunciado será el daño, producido al aparato auditivo humano.
A medida que aumenta la distancia al foco emisor, la intensidad del sonido disminuye en razón inversa al cuadrado de la distancia.
Las ondas sonoras de alta frecuencia se absorben mejor por los materiales de consistencia fibrosa o esponjosa que se emplean en la construcción.
• Frecuencia: El oído es más sensible a las altas frecuencias que a las bajas. Como consecuencia, el ruido de alta frecuencia es más preocupante y molesto que el ruido de baja frecuencia.
• Espectro: La molestia provocada por el ruido es mayor en el caso de tonos puros (o sonidos que tengan componentes tonales) que el caso del ruido de banda ancha.

Consecuencias
• Perdida de la audición:
Este fenómeno puede definirse como cualquier reducción de la capacidad auditiva por comparación con la de una normal.
Tal perdida pude clasificarse en dos categorías distintas:
• Pérdida temporal de audición:
Como consecuencia de una exposición a ruidos altos durante algunas horas, en cuyo caso la capacidad auditiva normal se recupera después de un periodo de descanso, que puede durar minutos, horas, días o aun más, según la naturaleza del sujeto y la intensidad de la exposición al ruido.
• Perdida permanente de la audición:
Que puede ser causada por procesos patológicos, lesiones o por la exposición a ruidos demasiados altos durante periodos prolongados. La perdida de audición ocasionada por la exposición a ruidos de origen industrial se suele denominar trauma acústico.
? La destrucción de los nervios o la células ciliadas que contribuye un proceso irreversible.

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