24 abril, 2024

Importación puerta a puerta

El régimen para la compra en el exterior de productos bajo el sistema de courriers implicará el pago de aranceles de importación y del IVA, con un costo de hasta 50% .

Tal como lo informó el Ministerio de la Producción y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), cuando una persona compre en el exterior vía Internet a través del Correo oficial, deberá ingresar a la web del organismo recaudador para generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) para abonar el arancel de importación y el IVA.

Las claves como funciona

Correo oficial

El receptor del envío deberá ingresar en el sitio web de la AFIP el número de seguimiento del envío (tracking ID) que informa el Correo, declarar el valor del paquete y la descripción de los productos a recibir. Allí se validará el registro y se generará un Volante Electrónico de Pago (VEP), por los conceptos y valores que corresponda abonar. La franquicia anual a usufructuar es de US$ 25, y si se supera el monto hay que pagar una tasa del 50% sobre el excedente.

Los paquetes que no superen los 2 kilogramos y cuyo precio sea inferior a los US$ 200 serán enviados por el Correo Oficial al domicilio. Si superan esos valores, el Correo notificará al comprador, para continuar con el procedimiento y pueda hacer el retiro personalmente en las sucursales.

Si el envío se realiza a través de couriers, estas compañías notificarán al comprador y realizarán la declaración de los envíos, incluyendo los productos comprendidos y su valor. Desde la AFIP informaron que también serán responsables tributarios de los pagos correspondientes ante el organismo.

Por courier

Serán éstos los encargados de realizar la declaración de los envíos. Esta declaración incluye la descripción de los productos involucrados y los valores correspondientes. También serán responsables tributarios del pago ante la AFIP.

Esta modalidad podrá ser utilizada sólo 5 veces, por año calendario y por persona, en envíos de hasta 50 kilogramos valuados en un importe inferior o igual a U$S 1.000, siempre que se conformen por hasta 3 unidades de la misma especie y no se presuma una finalidad comercial.

Luego de recibir el envío, ya sea a través del Correo Oficial o de los Prestadores de Servicios Courier, habrá 30 días corridos para ingresar a la web de AFIP y confirmar la recepción. Esta confirmación permitirá realizar posteriores operaciones.

El precio del courier siempre es más caro que el del correo, pero es más rápido.

El régimen de courier se inscribe en el régimen de importación simplificado y por lo tanto cada producto que se trae puede tener un arancel distinto (aunque del pago del impuesto se encarga el prestador). Por caso, productos de consumo masivo tiene alícuota del 35%, a lo que se le suma el IVA, más el IVA adicional si son empresa.

Cuáles son los productos que no pagan el impuesto

Libros, documentos y otros bienes impresos estarán liberados en el «puerta a puerta» y no deberán pagar ninguna declaración, cuando ingresen a través del Correo Oficial.

Notificación a la AFIP

Una vez recibido el envío, mediante el Correo Oficial o los couriers internacionales, habrá un plazo de 30 días corridos para avisar a la AFIP. La notificación se realizará con un formulario online en el sitio web del organismo. Solo luego de esta confirmación, el comprador podrá volver a utilizar el sistema y recibir otro paquete.

De esta manera, se elimina el anterior formulario 4550 y los trámites presenciales.

Diferencias con el régimen anterior

Sólo habrá que ir a la sede del Correo Argentino a retirar mercadería cuando el envío supere los US$ 200 o 2 kilos.

Se mantiene para los paquetes enviados a través del correo oficial la franquicia anual de US$ 25. Superado ese monto, se paga el 50% del valor sobre el bien.

Para el pago de impuestos habrá que generar un VEP a través de la Web de la AFIP.

Habrá una mayor cantidad de mercaderías habilitadas, dado que los envíos quedarán exceptuados de la previa intervención del Instituto Nacional de Alimentos -con lo cual se pueden ingresar alimentos, cosa que hasta ahora no se podía-; de la tramitación de licencias de importación automáticas -caso de los textiles o juguetes, por ejemplo- y del régimen de «Identificación de Mercaderías» (la estampilla verde que acompaña a los productos importados).

Qué impuesto hay que pagar

Pagarán los impuestos del régimen general de importaciones, sin franquicias. El impuesto se abonará al momento de la entrega del producto, pudiendo elegir distintas modalidades de pago: efectivo, con transferencia bancaria o por teléfono con tarjeta de crédito.

Los envíos por correo tendrán una franquicia de 25 dólares y pagarán el 50% del excedente. Así, un envío de 100 dólares deberá pagar un impuesto de 37,5 dólares (el 50% de 75 dólares). En este caso, el impuesto se pagará antes de recibir el paquete y habrá que generar un VEP (un talón para pagar en el banco o vía web) en el sitio de la AFIP.

Qué trámites habrá que hacer

Al recibir el envío, el usuario tendrá 30 días para validar esa adquisición en la página web de la AFIP, con su cuil y clave fiscal. Al hacerlo, la AFIP le informará cuántos cupos le quedan (si realizó una operación, por ejemplo, le quedarán cuatro posibles). Si el usuario no brinda la información, la AFIP suspenderá los envíos que tiene disponibles. Como el correo o el courrier informarán a la AFIP la entrega de la carga, el organismo fiscal contrastará la información para sancionar.

Seguridad en la declaración a través del uso de la clave fiscal

El nuevo régimen está acorde con las normativas internacionales. Los correos oficiales tienen un compromiso de entrega por montos limitados, que son los que establece la nueva normativa local. Los couriers privados están habilitados internacionalmente para enviar y recibir, por montos y peso superiores.

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