24 abril, 2024

Salidas de emergencias

 

En el presente trabajo vamos a introducir a la gente en el campo de la seguridad dentro de lo que es salida de emergencias; dar una idea general de lo que dice la ley 19587/72

 

La normativa vigente referente a las salidas de emergencias que se encuentran en la ley 19587/72 y en el anexo        VII de su decreto reglamentario 351/79. Como concepto de importancia a las “salidas de emergencias” es un recorrido predeterminado en un edifico o establecimiento, que se encuentran libre de obstáculos y en caso de emergencias sea la ruta más rápida y segura para llegar en exterior, es decir una salida de emergencia es más que solo una puerta.

Las condiciones generales que debe cumplir esta salida, entre otras son

  • Resistencia estructural al fuego (capaz de resistir el fuego durante un tiempo determinado superior al tiempo de evacuación)
  • Iluminación de emergencia (de funcionamiento autónomo al resto de la instalación eléctrica)
  • Señalización de emergencia reglamentaria
  • Puertas corta fuego con aperturas en el sentido de la circulación de la evacuación, barras antipático, entre otras

 

¿Cómo se determina la cantidad de salidas de emergencias?

El cálculo del ancho salidas en caso de emergencia se determina en función de la ocupación del local a evacuar. En función de ancho total, en función de ese ancho se determina cuantas salidas deberán crearse

Calculo

Se define como unidad de ancho de salidas a la letra “n” equivalente a 0.55mts

N= cantidad de ocupantes  a evacuar

n= N÷100

Para el caso de que “n” sea igual o mayor que 4 el número de salidas  estará dado por

N° de salidas= n÷4 +1

Si la superficie del local es igual o superior a los 2500mts² se deberá contar con un mínimo de 2 salidas y que el recorrido no deberá superar los 40mts

Para más información cobre cálculos y cajas de escaleras, debemos dirigirnos al anexo VII del decreto reglamentario 351/79

De esta manera sabemos que realizar una salida de emergencia es un tema complejo de los profesionales en seguridad e higiene que debemos respetar las normas establecidas por las autoridades y de nuestra ley 19587/72

puerta-de-emergencia

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